El nuevo decreto sobre turismo marinero para las Islas Baleares regula las medidas para la diversificación de los sectores pesquero y acuícola, y los habilita a realizar actividades complementarias, de tipo turístico, vinculadas con la pesca marítima y la acuicultura.
Esto significa, por ejemplo, que los pescadores profesionales podrán obtener nuevas formas de ingresos mostrando su propio trabajo a turistas y residentes como parte de la cultura marinera balear. Una acción que ayudará, además, a mantener la flota pesquera en materia de conservación, mediante la diversificación económica y la promoción de sus productos a través del turismo.
Por otro lado, la ciudadanía podrá acercarse desde los ámbitos cultural, gastronómico, tecnológico y social favoreciendo la interacción puerto-ciudad y posibilitando la modernización de la flota pesquera así como el acceso a ayudas europeas con este fin.
El decreto servirá para revalorizar los productos pesqueros de las islas y oficios relacionados, y para promover la recuperación de la cultura, las tradiciones y el patrimonio vinculados a estas profesiones, incide el acuerdo. El objetivo es poner en valor una actividad que contribuye a la protección del medio ambiente y promocionar de paso el consumo de productos pesqueros locales.
Actividad con terceras personas
El nuevo decreto permitirá a los pescadores y acuicultores realizar actividades con terceras personas tanto en tierra como en el mar. Los pasajeros que se embarquen podrán vivir en primera persona tanto las actividades extractivas como la degustación de pescado y marisco y la observación de la fauna marina, entre otros. El número máximo de pasajeros permitidos oscila de 2 a 8, según la eslora de la embarcación.
La actividad pesquera solo podrá ser ejercida por los miembros de la tripulación de la embarcación que deberán contar con las pólizas y seguros correspondientes, incluidos los de accidentes personales para los usuarios que participen en la actividad. Mientras que el patrón será el responsable de la seguridad de los pasajeros.
No se admitirá el embarque de menores sin la autorización por escrito de los padres o tutores, ni de personas que requieran asistencia especial en condiciones que no sean compatibles con la práctica segura de la actividad.
La embarcación contará con medidas de acceso seguras para los pasajeros y, si es necesario, se habilitarán espacios a bordo libres de peligro. Asimismo, antes de la actividad se les informará de todas las medidas de seguridad que se tienen que cumplir y se les explicará las condiciones en las que se realizará la actividad.
Será obligatorio el chaleco salvavidas y disponer del resto de elementos de seguridad necesarios para cada tipo de actividad.
Estas actividades las pueden realizar los titulares de la autorización, la concesión o la licencia profesional de pesca, acuicultura o marisqueo, mediante una contraprestación económica.
Tienen que presentar la declaración responsable de inicio de la actividad correspondiente en la web http://sorpes.caib.es, haciendo constar los datos de identificación de la persona solicitante, la descripción del tipo de actividad a realizar y los medios técnicos y recursos.